Los empleados no sindicados que trabajan por horas en oficinas corporativas y de división acumulan PTO en función de las horas trabajadas en cada período de pago (hasta un máximo de 40) y de la antigüedad del empleado en la empresa. Además, se acumula PTO mientras se está de PTO. La cantidad máxima anual de PTO que puede acumular en cualquier momento es de 216 horas (27 días). Su solicitud de PTO está sujeta a la aprobación de su jefe, que tendrá en cuenta las necesidades de la empresa, la cobertura del departamento y sus resultados.

El PTO puede ser utilizado en incrementos de horas por cualquiera de las siguientes razones:

  • Vacaciones
  • Tiempo personal
  • Celebrar una fiesta que la empresa no observa oficialmente
  • Cuando esté enfermo, lesionado o reciba atención o tratamiento médico y se le acabe la baja por enfermedad
  • Cuando está cuidando a un familiar que está enfermo, lesionado o recibiendo atención o tratamiento médico y se le acaba la baja por enfermedad
  • Prolongar el tiempo libre por duelo más allá de los cinco días
  • Para cobrar durante una excedencia no retribuida aprobada